El Gobierno de Cuba el pasado fin de semana los requisitos y el procedimiento que deben seguir los nacidos fuera de la Isla hijos de cubanos para obtener la nacionalidad cubana, según detalla la Gaceta Oficial 1361 del 30 de diciembre de 2017.
Dentro de los nuevos requisitos se establecen también nuevas normativas para solicitar el pasaporte cubano en el exterior.
Los nuevos requisitos son los siguientes:
Los ciudadanos cubanos que residen en el exterior, al realizar una solicitud de Pasaporte Corriente, deben cumplir los requisitos siguientes:
a) Formular la solicitud en el modelo oficial.
b) Presentar el pasaporte anterior, la Certificación de Nacimiento, la Resolución que aprueba la solicitud de adquisición de la ciudadanía cubana, la Carta de Ciudadanía o una certificación de este último documento expedido por la autoridad competente, según corresponda.
c) Aportar la autorización formalizada ante Notario Público de los padres o los representantes legales de los menores de 18 años de edad o incapaces, que correspondan.
d) Entregar dos (2) fotos 4 x 4 cm. e) Entregar la constancia de pago del arancel consular. La autoridad actuante capta los datos que se requieren para la plena identificación del solicitante e inicia el trámite de expedición.”
Según el Artículo 44 para entrar al territorio nacional los ciudadanos cubanos deben poseer pasaporte cubano vigente expedido a su nombre o documento equivalente.
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